La dinámica que imponen la globalización y el cambio tecnológico exigen actualizar los criterios de administración de la responsabilidad solidaria aplicados en la legislación laboral.
El nuevo esquema en el tratamiento de la solidaridad debe computar la necesidad de garantizar simultáneamente seguridad jurídica con un tratamiento más limitado y preciso en la aplicación de la solidaridad.
En orden a orden a introducir los nuevos criterios, un punto clave es contemplar una visión más amplia e importante para las tradicionales empresas de servicios eventuales, convirtiéndolas en agentes de intermediación que, coordinadamente con las políticas activas gestionadas por el Estado, administren información y capacitación con el objetivo de facilitar la movilidad del mercado de trabajo y reducir los tiempos de búsqueda.
El nuevo esquema en el tratamiento de la solidaridad debe computar la necesidad de garantizar simultáneamente seguridad jurídica con un tratamiento más limitado y preciso en la aplicación de la solidaridad.
En orden a orden a introducir los nuevos criterios, un punto clave es contemplar una visión más amplia e importante para las tradicionales empresas de servicios eventuales, convirtiéndolas en agentes de intermediación que, coordinadamente con las políticas activas gestionadas por el Estado, administren información y capacitación con el objetivo de facilitar la movilidad del mercado de trabajo y reducir los tiempos de búsqueda.
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