Como resultado de serias deficiencias organizativas, la seguridad social tenía negativos efectos sobre el funcionamiento del mercado de trabajo. El encarecimiento artificial del costo de la mano de obra desincentiva la generación de empleos e incentiva el fraude laboral.
Desde una concepción moderna la intervención del Estado en el mercado de trabajo a través de la seguridad social se justifica en tres tópicos básicos:
• La imprevisión que caracteriza a la conducta de muchos trabajadores frente a determinadas contingencias hacen recomendable que legalmente se regule un seguro con carácter obligatorio.
• La necesidad de introducir un componente de solidaridad cuando el nivel de ingresos del trabajador no le permita financiar íntegramente la prima del seguro social.
• Preservar una gestión eficiente de los recursos. Esto tanto cuando el Estado tiene directamente la responsabilidad de la administración, como cuando la gestión de los seguros recae en organismos privados y las responsabilidades son de carácter indirecto, teniendo a la generación de un contexto de competencia transparente.
Desde el punto de vista de la eficiencia y los incentivos a la formalidad, la alternativa más recomendable es tender a terminar de eliminar los sobrecostos, de manera que la totalidad de los aportes y contribuciones represente efectivamente salario diferido. Esto implica que son la contrapartida por el aseguramiento de las contingencias cubiertas.
Esta visión de la seguridad social no resulta necesariamente incompatible con componentes que garanticen mecanismos de solidaridad a favor de los trabajadores en situaciones más desventajosas. Sí lo es con las prácticas tradicionales de utilizar la declaratoria de la solidaridad para generar mecanismos que fomentan ineficiencias y amparan privilegios.
Desde una concepción moderna la intervención del Estado en el mercado de trabajo a través de la seguridad social se justifica en tres tópicos básicos:
• La imprevisión que caracteriza a la conducta de muchos trabajadores frente a determinadas contingencias hacen recomendable que legalmente se regule un seguro con carácter obligatorio.
• La necesidad de introducir un componente de solidaridad cuando el nivel de ingresos del trabajador no le permita financiar íntegramente la prima del seguro social.
• Preservar una gestión eficiente de los recursos. Esto tanto cuando el Estado tiene directamente la responsabilidad de la administración, como cuando la gestión de los seguros recae en organismos privados y las responsabilidades son de carácter indirecto, teniendo a la generación de un contexto de competencia transparente.
Desde el punto de vista de la eficiencia y los incentivos a la formalidad, la alternativa más recomendable es tender a terminar de eliminar los sobrecostos, de manera que la totalidad de los aportes y contribuciones represente efectivamente salario diferido. Esto implica que son la contrapartida por el aseguramiento de las contingencias cubiertas.
Esta visión de la seguridad social no resulta necesariamente incompatible con componentes que garanticen mecanismos de solidaridad a favor de los trabajadores en situaciones más desventajosas. Sí lo es con las prácticas tradicionales de utilizar la declaratoria de la solidaridad para generar mecanismos que fomentan ineficiencias y amparan privilegios.
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